2016 / 31 enero

Entre burros anda el juego

World Press Photo 2015 ©Yongzhi Chu

Artículo 4

1. El poseedor de un animal deberá mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, procurándole instalaciones adecuadas para su cobijo, proporcionándole alimentación y bebida, prestándole asistencia veterinaria y dándole la oportunidad de ejercicio físico y atendiéndole de acuerdo con sus necesidades fisiológicas y etológicas en función de su especie y raza.

2. En todo caso queda prohibido:

a) Maltratar a los animales o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos o daños y angustia injustificados.

b) Abandonarlos.

c) Mantenerlos sin la alimentación necesaria para subsistir y/o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénico-sanitario.

d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencia funcional o para mantener las características de la raza.

e) Suministrarles alcohol, drogas o fármacos o practicarles cualquier manipulación artificial que pueda producirles daños físicos o psíquicos, aún cuando sea para aumentar el rendimiento de una competición.

f) Imponerles la realización de comportamientos y actitudes ajenas e impropias de su condición o que impliquen trato vejatorio.

g) Las peleas de perros y gallos.

h) Sacrificar animales en la vía pública, salvo en los casos de extrema necesidad y fuerza mayor.

Fuente Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales del País Vasco

La fotografía que ilustra esta entrada es obra del fotógrafo chino Yongzhi Chu y fue una de las imágenes galardonadas en el World Press Photo de 2015, concretamente en la sección «Nature». En ella puede verse a una macaco encogido de miedo al ver acercarse a su entrenador en un espectáculo circense de Suzhou, en el este de China. Parece obvio que se trata de una caso de maltrato animal, posiblemente repetido con anterioridad a juzgar por el aterrado gesto del animal. Ahora bien, ¿todas las tradiciones en las que participan animales se pueden considerar maltrato?

Antes de continuar, quiero dejar claro que no defiendo la violencia contra los animales. La fiesta de los toros, por ejemplo, ni me gusta ni la apoyo, ya que me parece un sufrimiento innecesario para el animal. Esta actitud no quiere decir tampoco que desee fervientemente que los toreros resulten empitonados y se desangren en el ruedo, como mucha gente que se apresta a compartir vomitivas fotografías aprovechando el anonimato que conceden las redes sociales. Y, obviamente, creo que sobre sujetos que cometen delitos aberrantes tales como ahorcar galgos al acabar la temporada la caza debe caer todo el peso de la ley.

Sin embargo, a veces tengo la sensación de cierta extralimitación en algunas de las protestas que se formulan. Y voy a poner para ello un par de ejemplos: la quema, raspado y pesaje de un cerdo que se hace en vísperas de San Blas en Llodio (Álava) y la carrera de burros recientemente prohibida de la festividad de Santiago en Vitoria.

Como viene siendo tradición, el fin de semana anterior a San Blas (3 de febrero) se celebró en Llodio una feria en la que se venden productos agrícolas, se hacen exhibiciones de deporte rural y donde una de las atracciones es la rifa de un cerdo que durante todo el año se cuida y se engorda en uno de los caseríos del pueblo. Tras ser sacrificado en el matadero municipal, se le traslada al recinto ferial para su quema, raspado y pesaje. No es la primera vez que las asociaciones animalistas protestan por esta exhibición vinculada a la vida diaria de los caseríos, pero es cierto que las quejas parecen ir in crescendo gracias a las redes sociales, con hilos de comentarios tan «interesantes» como éste de Facebook, donde casi se tilda de asesinos a todos los que acuden a ver este tipo de eventos. Sinceramente, que la gente se escandalice por ver cómo se quema, se raspa y se limpia un cerdo previamente sacrificado (recalco este aspecto) me parece bastante desproporcionado. La matanza del cerdo o txarriboda ha sido desde siempre uno de los principales hitos en los caseríos. Aunque actualmente ya no tenga tanta importancia como antaño, sigue siendo un acto festivo en el se reúne la familia y se elaboran los distintos alimentos (morcillas, chorizo, etc.) que van a llenar las despensas o van a ser vendidos. ¿Se puede considerar la matanza del cerdo como maltrato animal? ¿No resulta adecuado que los niños sepan de dónde procede lo que comen? Quizás algunos opinan que lo mejor es que crean que los jamones y chorizos se hacen en una impresora 3D.

Otro caso que ha levantado polémica es la carrera de burros que hasta el año pasado se celebraba en Vitoria el día de Santiago (25 de julio). Hace unos días, el pleno del ayuntamiento decidió prohibir este acto ante las protestas y denuncias de las asociaciones protectoras de animales (recogida de firmas incluida). Bien es cierto que desde el punto de vista legislativo, Vitoria aprobó una ordenanza municipal de protección de los animales que complementa a la Ley 6/1993 que he citado en la introducción y que hace que este tipo de actos estén prohibidos, al igual que los circos con animales (los toros, de momento, se salvan, aunque están en el punto de mira). El principal argumento para la prohibición de la carrera de burros es el estrés que se produce a los animales parodiando una carrera hípica rodeados de gente, aduciendo que en muchos casos se les somete a castigos físicos y psíquicos e imponiéndoles «comportamientos y actitudes ajenas e impropias de su condición» o que implican «trato vejatorio» (Ley 6/1993. Art. 4). Está demostrado que este tipo de actos efectivamente causan estrés sobre los animales, si bien Antonio Gázquez, catedrático de Histología y Anatomía Patológica de la Uex en referencia al Pero Palo que se celebra en Villanueva de la Vera y donde también los burros son protagonistas, distingue diferentes niveles de estrés que dependen del tiempo y la actividad a la que se somete a los animales. Este experto considera que cuando finaliza el espectáculo, el animal vuelve a la normalidad y no se produce ningún tipo de secuela siempre y cuando no haya habido violencia física o el estrés haya sido prolongado. En cuanto a la consideración del maltrato animal, pues tal y como afirma Gázquez, «depende de quien lo mire. Para algunos es maltrato sacar a un animal de su entorno habitual y para otros solo es un cambio de situación. En términos veterinarios un maltrato necesita que haya lesiones físicas o psíquicas por un estrés muy intenso». ¿Una mañana entre gente y un rato trotando generan un estrés muy intenso? Está claro que muchas personas consideran que sí, que se trata de un maltrato inadmisible, aunque no tengo muy claro cómo se llega a esa conclusión.

Puestos a cumplir la ley, hagámoslo en toda su amplitud, no solo para aquello que más visibilidad nos proporciona. ¿Acaso vestir a un perro no puede ser considerado como un comportamiento y actitud ajena e impropia de su condición? ¿Mantener gallinas recluidas en jaulas diminutas no produce sufrimiento? ¿Por qué los animales para experimentación se excluyen de la ley?

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